Sociedad por acciones simplificadas S.A.S
La sociedad por acciones simplificadas se constituye por una sociedad de capitales, que puede formarse a través de un contrato o acto unilateral, diseñados para constituir micro y pequeñas empresas, donde la participación se limita a los recursos que haya aportado cada socio, que son representados en acciones.
Concepto de sociedad por acciones simplificadas
La sociedad por acciones simplificadas es un tipo de entidad empresarial, el cual el capital que haya portado cada socio estará dividido en acciones.
Se realiza mediante un documento de constitución que deberá ser autentificado en la inscripción del registro mercantil de la Cámara de Comercio, realizándose directamente o a través de un apoderado.
Cuando las acciones aportadas se realizan mediante bienes, la transferencia del mismo deberá establecerse a través de una escritura pública, la constitución de la sociedad deberá hacerse de igual manera y también debe inscribirse en los registros anteriormente mencionados.
Características de sociedad por acciones simplificadas
Las principales características que destacan por una sociedad por acciones simplificadas son las siguientes:
- No es necesario apartar las utilidades para el fondo de reserva.
- No están sujetas a cumplir el requisito de escritura pública, sin embargo varias empresas si lo hacen.
- Pueden cambiar de régimen societario si así lo desean.
- Las utilidades se pueden repartir según las acciones que haya aportado cada socio.
- La responsabilidad de los socios está limitada al monto que hayan aportado para el capital.
- Los desacuerdos que puedan tener algunos accionistas deberán resolverlos mediante la conversación y la conciliación en un principio.
- Las modificaciones que se realicen en los estatutos se debe realizar mediante fedatario público.
Requisitos para construir una sociedad por acciones simplificadas
Para crear una sociedad por acciones simplificadas deberá reunirse los siguientes requisitos:
- Nombre o razón social
- Nombre de las personas que son accionistas o socios.
- Correo electrónico de todos los socios.
- Domicilio fiscal de los accionistas.
- Duración de la sociedad.
- Objeto de la sociedad.
- Domicilio fiscal de la sociedad y de las posibles sucursales en caso de haberlas.
- Forma en la que será constituida la administración de la sociedad.
- Número de votos que tendrá cada uno de los socios sobre sus acciones.
- Establecer los términos para que los socios se obligan a suscribir y pagar sus acciones.
- Capital suscrito y pagado, clase, número y valor nominal de las acciones que deberán pagarse.
Ventajas de la sociedad de acciones simplifica
Entre las ventajas de conformar la sociedad de acciones simplificadas tenemos las siguientes:
- Es un trámite muy sencillo de realizar, ya que se puede ejecutar desde la web en línea, no es necesario acudir a ninguna oficina para dicho trámite.
- Para la creación de una sociedad de acciones simplificada no es necesario fijar un monto mínimo de capital ni fondo de reserva.
- Los accionistas cuentan con la responsabilidad de los accionistas, para resguardar así su patrimonio personal y familiar.
- Permite a las empresas crecer y expandir sus negocios generando más empleo.
- Puede cumplir con los trámites federales desde un solo portal.
- Tiene la posibilidad de acceder a planes de financiamiento, seguridad social, entre otros.
- Para la creación de los requisitos de responsabilidad de los accionistas simplificada los trámites son totalmente gratuitos.
- Gracias a su estructura jurídica, permite que los estatutos se puedan personalizar, esto con el fin de poder crear condiciones acordadas principalmente por los accionistas.
Desventajas de la sociedad por acciones simplificadas
- Solo pueden ser constituidas por personas físicas y autónomas.
- Los accionistas no podrán ser accionistas de otras sociedades mercantiles, siempre y cuando las funciones en dicha sociedades paralelas le permite tener el control de la sociedad o de la administración.
- Todos los socios deben contar con una firma electrónica avanzada y vigente.
Administrador de la sociedad de acciones simplificada
Para llevar a cabo la representación de la sociedad esta debe estar a cargo de la figura de un administrador. El administrador debe ser elegido entre los accionistas y el mismo debe ser obligatoriamente uno de los que conforma la junta de socios.
En caso de que los accionistas quieran colocar otro tipo de administración, deberán entonces transformarse a otro tipo de sociedad mercantil. El administrador en función de la sociedad tiene la obligación de publicar anualmente en la secretaría de economía la situación financiera de la sociedad.